Declaración catastral por nueva construcción, ampliación, reforma o rehabilitación de bienes inmuebles (900D)

Trámite para la presentación de una declaración catastral en los supuestos de nueva construcción, ampliación, reforma o rehabilitación de bienes inmuebles, teniendo por objeto la inscripción o modificación de datos en el Catastro Inmobiliario.

 Deberá formular la declaración el titular del inmueble sobre el que se realizan las alteraciones indicadas.

Cómo realizar el trámite

En los términos previstos en la normativa reguladora de las relaciones con las Administraciones Públicas, los interesados podrán utilizar los siguientes medios:

Online

Podrá realizar el trámite online si dispone de un sistema de identificación electrónico así como de la documentación necesaria en formato pdf.

  1. Cumplimente el modelo aprobado:
    Declaración Catastral Modelo 900D
  2. Guárdelo en su ordenador.
  3. Pulsando en el botón "Acceder", identifíquese mediante alguno de los sistemas previstos en Cl@ve.
  4. Cumplimente el formulario de solicitud.
  5. Anexe el modelo aprobado, así como cuantos documentos haya indicado en el mismo de los previstos en el apartado Documentación del trámite.
  6. Verifique la exactitud de los datos consignados y cumplimente el campo de declaración de certeza sobre los datos y confirmación de firma que aparece al pie de la pantalla.
  7. Pulse el botón confirmar.
  8. Guarde el justificante de presentación que se generará.
Identidad Electrónica para las Administraciones
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Presencial

Presencialmente: En cualquier oficina de atención al ciudadano del OPAEF , presentando cumplimentado el modelo aprobado adjuntando la documentación del trámite.

Correo Postal: Efectuando la presentación del modelo aprobado en las Oficinas de Correos y adjuntando la documentación del trámite.

Otras: Según el artículo 16.4 b) de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, presentando el modelo aprobado en los registros de cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, a la de cualquier Administración de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, a los ayuntamientos de los municipios a que se refiere el artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, o a la del resto de las entidades que integran la Administración Local si, en este último caso, se hubiese suscrito el oportuno convenio, adjuntando la documentación del trámite.

 

 

 

Documentación del trámite

  • Representación y apoderamiento, en su caso.
  • Original, o copia cotejada, de la escritura de obra nueva, en caso de que se haya otorgado este documento.
  • Original, o copia cotejada, del certificado final de obra, visado por el colegio profesional correspondiente, o, en su defecto, de cualquier otro documento que permita acreditar la terminación de la obra. Fotografía del edificio completo, realizada en color y tamaño 10 x 15 centímetros (si el edificio tiene más de una fachada, se aportará una fotografía de cada una de las fachadas).
  • Plano de emplazamiento, con indicación del nombre de la localidad, de la vía pública y del número, representado preferentemente sobre la cartografía catastral obtenida de la Oficina Virtual del Catastro. Plano de la parcela, acotado y superficiado con indicación de la escala, representado preferentemente sobre la cartografía catastral obtenida de la Oficina Virtual del Catastro.
  • Planos acotados por cada planta del edificio con distinta distribución, de conformidad con la obra realmente ejecutada. En estos planos se representará cada uno de los locales con uso diferenciado (vivienda, garaje, trastero, etc.), con expresión de las superficies construidas. La documentación prevista en estos apartados puede sustituirse por un certificado del secretario municipal o persona que tenga atribuidas las funciones de fe pública, comprensivo de ésta información, o por cualquier otro medio de prueba admitido en derecho que sea suficiente para su acreditación, de conformidad con el artículo 24 del Real Decreto 417/2006 de 7 de abril. Memoria de materiales y calidades del proyecto ejecutado.
  • Documentación acreditativa del coste de ejecución material de las obras. En caso de que no conste la referencia catastral del inmueble o inmuebles afectados por la declaración en el documento que acredite la alteración:
  • Certificación catastral, o fotocopia del último recibo justificante del pago del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
  • En caso de división horizontal: Original, o copia cotejada, del documento acreditativo de la división horizontal. En los planos, la distribución de los locales a representar será coincidente con la descripción existente de la división horizontal. Asimismo, se representarán gráficamente los espacios correspondientes a todos los elementos comunes con expresión de las superficies construidas.
  • Original, o copia cotejada, del documento público acreditativo de la adscripción al uso y disfrute exclusivo y permanente de un titular de los trasteros y/o plazas de garaje, en su caso. Plano a escala descriptivo de la distribución de los trasteros y plazas de estacionamiento, en su caso, junto con el cuadro de superficies construidas asignadas a los mismos.
  • En caso de edificio de protección oficial o rehabilitación protegida:Original y fotocopia, o copia cotejada, de la Cédula de Calificación Definitiva.
  • En caso de modificación del titular catastral por adquisición de la propiedad: Original, o copia cotejada, del documento que acredite la adquisición de la propiedad, ya sea escritura pública, contrato privado, sentencia judicial, certificación del Registro de la Propiedad u otros. Original, o copia cotejada, del Libro de Familia o de cualquier documento que acredite la existencia del matrimonio, como certificado del Registro Civil, etc. (cuando la adquisición se hubiere realizado en común por los cónyuges, y el documento en el que se formaliza la adquisición no acredite tal condición).

Normativa de aplicación

  • Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Catastro Inmobiliario.

  • Real Decreto 417/2006, de 7 de abril, por el que se desarrolla el texto refundido de la Ley de catastro inmobiliario.

  • ORDEN EHA/3482/2006, de 19 de octubre, por la que se aprueban los modelos de declaración de alteraciones catastrales de los bienes inmuebles y se determina la información gráfica y alfanumérica necesaria para la tramitación de determinadas comunicaciones catastrales.

Plazo de presentación

Dos meses, contados a partir del día siguiente a la fecha de terminación de las obras.

Plazo máximo de tramitación

El plazo máximo de resolución es de 6 meses.
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