Presentación de alegaciones frente a la denuncia en expedientes tramitados por el O.P.A.E.F.

Trámite para la presentación de alegaciones en caso de desacuerdo con la iniciación de un expediente sancionador por la comisión de una infracción a la Ley de Tráfico y Seguridad vial o a las correspondientes ordenanzas municipales cuya instrucción y resolución corresponde al O.P.A.E.F.

Conforme al artículo 95 de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial, notificada la denuncia, el interesado dispondrá de un plazo de veinte días naturales para formular las alegaciones que tenga por conveniente y proponer o aportar las pruebas que estime oportunas. Si las alegaciones formuladas aportan datos nuevos o distintos de los constatados por el agente denunciante, y siempre que se estime necesario por el instructor, se dará traslado de aquéllas al agente para que informe en el plazo de quince días naturales. En todo caso, el instructor podrá acordar que se practiquen las pruebas que estime pertinentes para la averiguación y calificación de los hechos y para la determinación de las posibles responsabilidades. La denegación de la práctica de las pruebas deberá ser motivada, dejando constancia en el procedimiento sancionador.

La presentación de alegaciones es incompatible con la reducción del cincuenta por ciento del importe de la sanción propuesta, que podrá obtenerse si, conforme al artículo 94de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial, se produce el pago voluntario de la multa, ya sea en el acto de entrega de la denuncia o dentro del plazo de veinte días naturales contados desde el día siguiente al de su notificación.

Cómo realizar el trámite

En los términos previstos en la normativa reguladora de las relaciones con las Administraciones Públicas, los interesados podrán utilizar los siguientes medios:

Online

Podrá realizar el trámite online si dispone de un sistema de identificación electrónico así como de la documentación necesaria en formato pdf.

  1. Cumplimente el modelo aprobado:
    MODELO DE ALEGACIONES DE MULTAS DE TRAFICO
  2. Guárdelo en su ordenador.
  3. Pulsando en el botón "Acceder", identifíquese mediante alguno de los sistemas previstos en Cl@ve.
  4. Cumplimente el formulario de solicitud.
  5. Anexe el modelo aprobado, así como cuantos documentos haya indicado en el mismo de los previstos en el apartado Documentación del trámite.
  6. Verifique la exactitud de los datos consignados y cumplimente el campo de declaración de certeza sobre los datos y confirmación de firma que aparece al pie de la pantalla.
  7. Pulse el botón confirmar.
  8. Guarde el justificante de presentación que se generará.
Identidad Electrónica para las Administraciones
+ Más Información

Presencial

Presencialmente: En cualquier oficina de atención al ciudadano del OPAEF , presentando cumplimentado el modelo aprobado por el OPAEF.

Correo Postal: Efectuando presentación del modelo de declaración aprobado por el OPAEF en las Oficinas de Correos, adjuntando la documentación que se requiere para la presentación presencial.

Otras: Según artículo 16.4 b) de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las AAPP, en los registros de cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, a la de cualquier Administración de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, a los Ayuntamientos de los Municipios a que se refiere el artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, o a la del resto de las entidades que integran la Administración Local si, en este último caso, se hubiese suscrito el oportuno convenio. Con los requisitos que se exigen para su presentación presencial.

 

 

Documentación del trámite

Documento que acredite la representación, en su caso.

Normativa de aplicación

  • Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (artículos 93 y 94).

Plazo de presentación

20 días naturales desde la notificación de la denuncia.

Plazo máximo de tramitación

El plazo máximo de resolución es de un año desde la iniciación del procedimiento
Servicios Destacados