Presencialmente: En cualquier oficina de atención al ciudadano del OPAEF , presentando cumplimentado el modelo aprobado por el OPAEF.
Correo Postal: Efectuando presentación del modelo de declaración aprobado por el OPAEF en las Oficinas de Correos, adjuntando la documentación que se requiere para la presentación presencial.
Otras: Según artículo 16.4 b) de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las AAPP, en los registros de cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, a la de cualquier Administración de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, a los Ayuntamientos de los Municipios a que se refiere el artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, o a la del resto de las entidades que integran la Administración Local si, en este último caso, se hubiese suscrito el oportuno convenio. Con los requisitos que se exigen para su presentación presencial.