- Documento que acredite la representación y su vigencia.
- Certificado del ayuntamiento del acuerdo de declaración de especial interés o utilidad municipal.
- Otros documentos necesarios conforme a la Ordenanza que regule la bonificación.
Trámite para la presentación de una solicitud de bonificación en el Impuesto de Actividades Económicas para quienes tributen por cuota municipal y desarrollen actividades económicas que sean declaradas de especial interés o utilidad municipal por concurrir circunstancias sociales, culturales, histórico artísticas o de fomento del empleo que justifiquen tal declaración.
La Ley de Haciendas Locales contempla la posibilidad de regular, mediante ordenanza municipal, una bonificación de hasta el 95 por ciento de la cuota correspondiente para los sujetos pasivos que tributen por cuota municipal y que desarrollen actividades económicas que sean declaradas de especial interés o utilidad municipal por concurrir circunstancias sociales, culturales, histórico artísticas o de fomento del empleo que justifiquen tal declaración. Esta declaración corresponderá al Pleno de la Corporación y se acordará, previa solicitud del sujeto pasivo, por voto favorable de la mayoría simple de sus miembros.
Con carácter general, la declaración deberá presentarse por medios electrónicos en la Sede electrónica del O.P.A.E.F., donde podrá efectuarse por el sujeto pasivo, su representante o persona autorizada siguiendo las instrucciones del apartado Online.
Cuando, de manera justificada, no pueda realizarse la presentación electrónica, podrá realizarse presencialmente por cualquiera de los medios previstos.
Podrá realizar el trámite online si dispone de un sistema de identificación electrónico así como de la documentación necesaria en formato pdf.
Presencialmente: En cualquier oficina de atención al ciudadano del OPAEF , presentando cumplimentado el modelo aprobado por el OPAEF adjuntando la documentación del trámite.
Correo Postal: Efectuando la presentación del modelo aprobado por el OPAEF en las Oficinas de Correos y adjuntando la documentación del trámite.
Otras: Según el artículo 16.4 b) de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, presentando el modelo aprobado por el O.P.A.E.F. en los registros de cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, a la de cualquier Administración de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, a los ayuntamientos de los municipios a que se refiere el artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, o a la del resto de las entidades que integran la Administración Local si, en este último caso, se hubiese suscrito el oportuno convenio, adjuntando la documentación del trámite.